Aunque el seguro de transporte de mercancías no suele ser obligatorio, siempre es recomendable para asegurar los bienes transportados. En las siguientes líneas, analizamos los principales aspectos de esta garantía jurídica.
¿Quién decide cuáles son las coberturas incluidas en los seguros?
Las coberturas del seguro pueden ser contratadas por cualquier empresa o profesional involucrado en el transporte. No obstante, en la práctica, suelen intervenir estos tres perfiles:
- El dueño del vehículo de transporte. Puede cubrir su responsabilidad y los daños que puedan alterar el cargamento durante el viaje.
- El propietario de los bienes. Puede ejercer de tomador del seguro de transporte. Así tendrá la oportunidad de ampliar las coberturas, con condiciones económicas más ventajosas. En estos casos, la aseguradora podrá reclamar contra el transportista.
- Un tercero interesado en garantizar el traslado. En algunos casos, las empresas intermediarias pueden estar interesadas en contratar pólizas para asegurar la mercancía. Así podrá garantizarse la recepción del cargamento en las mejores condiciones ante el cliente.
¿Qué suele cubrir un seguro de transporte de mercancías?
Suelen cubrirse las mercancías protegidas durante el transporte, sin importar su tipología. También es frecuente la inclusión de los vehículos de transporte, además de los transportistas y porteadores.
Coberturas más frecuentes
Entre las coberturas más frecuentes de las pólizas de seguro marítimo, se pueden encontrar estas cláusulas básicas:
- Accidentes, ya sean vuelcos, hundimientos, descarrilamientos, etcétera.
- Averías.
- Pérdida.
- Robo.
En estos supuestos, es habitual cubrir la cuantía de los gastos en salvar la mercancía.
Las cláusulas específicas se utilizan como modelos acordados ad hoc para casos concretos. Las más empleadas a nivel internacional son las Institute Cargo Clauses (ICC), del Instituto de Aseguradoras de Londres. Las modalidades habituales son:
- CC A. Coberturas a todo riesgo de daños o pérdidas con excepciones, sobre las que se pueden hacer cláusulas adicionales.
- ICC B. Se focalizan en riesgos extraordinarios o por pérdida de valor tras acciones de carga y descarga o transporte.
- ICC C. Son similares a las anteriores, aunque con menores coberturas.
¿Qué suele quedar sin cubrir?
Aunque este aspecto depende de las condiciones pactadas en cada caso, suelen quedar sin cubrir:
- Los daños producidos por una mala estiba. Un ejemplo serían las deficiencias causadas durante el embalaje, una de las principales causas de daños en las mercancías.
- Defectos inherentes. Se trata del deterioro de los productos transportados por su propia naturaleza, sin condicionantes externos. Suele excluirse en caso de productos que pueden sufrir menoscabo por el movimiento y los cambios térmicos durante el trayecto.
- WSRCC. Es un acrónimo anglosajón habitual en el gremio. Significa War, Strikes, Riots and Civil Commotions, es decir, guerras, huelgas, motines y disturbios civiles.
- Déficit. No suelen cubrirse las pérdidas de oportunidades y beneficios como consecuencia de cualquier daño en la carga.
- Pérdidas por impago. Es indiferente que el impago sea a un proveedor, a una terminal, etcétera.
- Otros factores externos, como terremotos, polución, infecciones, rechazo de la aduana, abandono de la carga, negligencia….
En Moldtrans nos encargamos de adecuar los flujos de transporte y de la distribución a las cláusulas acordadas en cada seguro. Además, ofrecemos asesoramiento adaptado a las necesidades del cliente.